Cuando una persona fallece sin dejar testamento se produce lo que se conoce como sucesión intestada. En estos casos es la ley la que determina quiénes son los herederos y cómo se reparte el patrimonio, lo que puede generar dudas y conflictos, especialmente cuando existen varios familiares implicados o desacuerdos entre ellos. Comprender cómo funciona este proceso es fundamental para poder reclamar la herencia de forma correcta y dentro de los plazos legales.
Una herencia sin testamento se da cuando la persona fallecida no ha otorgado un documento válido en el que exprese su voluntad sobre el reparto de sus bienes. Esto puede suceder porque nunca llegó a hacer testamento o porque el que existía fue anulado por no cumplir los requisitos legales. En estas situaciones, la sucesión se rige por el Código Civil y es la ley la que establece un orden de llamamiento para determinar quiénes son los herederos legítimos.
La legislación fija un orden de prioridad claro en la sucesión intestada. En primer lugar heredan los hijos y descendientes, que lo hacen a partes iguales. Si no existen descendientes, la herencia corresponde a los padres y ascendientes, como abuelos. El cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de una parte de la herencia, que puede ser la mitad o dos tercios según existan descendientes o ascendientes. En ausencia de todos los anteriores, heredan los hermanos, sobrinos y otros parientes colaterales. Solo cuando no existe ningún heredero en los grados anteriores, la herencia pasa al Estado.
Para reclamar una herencia sin testamento es necesario seguir una serie de pasos. El primero es obtener el certificado de defunción, imprescindible para iniciar cualquier trámite. A continuación se debe solicitar el certificado de últimas voluntades, que confirma que no existe testamento o indica en qué notaría se encuentra el último otorgado. Después es necesario reunir la documentación que acredite la identidad y el parentesco de los herederos, como el DNI o el libro de familia. El siguiente paso es tramitar la declaración de herederos, que se realiza ante notario cuando los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge, y ante un juez cuando se trata de otros parientes. Una vez declarados los herederos, se procede al inventario, valoración y reparto de los bienes. Finalmente, es obligatorio liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones dentro del plazo legal de seis meses desde el fallecimiento.
Las herencias sin testamento suelen generar problemas con mayor frecuencia que las testamentarias. Son habituales los conflictos entre herederos por el reparto de los bienes, los desacuerdos en la valoración de inmuebles, la falta de documentación para acreditar el parentesco o los retrasos en la presentación de impuestos, que pueden dar lugar a recargos e intereses. Contar con asesoramiento legal especializado ayuda a evitar disputas familiares y a cumplir correctamente con todas las obligaciones legales y fiscales.
Aunque la sucesión intestada está regulada por la ley, la forma más sencilla y económica de evitar complicaciones es otorgar testamento en vida. Hacer testamento permite designar herederos de manera clara, evitar conflictos entre familiares, optimizar fiscalmente el reparto de los bienes y asegurar que la voluntad del testador se cumpla.
En Herencias Legales acompañamos a las familias en todo el proceso de herencias sin testamento, desde la declaración de herederos hasta el inventario y reparto de los bienes. Si necesitas ayuda para reclamar una herencia sin testamento o quieres planificar tu sucesión para evitar problemas en el futuro, contacta con nuestro equipo de abogados especializados y recibe un asesoramiento personalizado.